Cancelar un aval bancario que ha sido utilizado como garantía en una adjudicación sin devolver el documento original es posible. A continuación, te explicamos las claves para hacerlo correctamente.
¿Qué es un aval bancario en el contexto de licitaciones públicas?
Un aval bancario se utiliza para garantizar obligaciones de carácter técnico, como suele ser el caso en las licitaciones públicas entre un proveedor y una Administración Pública. Este tipo de aval suele constituirse como definitivo tras la adjudicación de un contrato público.
¿Es necesario devolver el documento original para cancelar el aval bancario?
La necesidad de devolver el documento original dependerá del texto pactado en el aval. Si en el contrato se establece que es un requisito para la cancelación y para dejar de cobrar la comisión periódica por la prestación de la fianza, el banco exigirá la devolución del documento original del aval (es decir, el aval físico).
Sin embargo, en algunos casos no es un requisito obligatorio. Revisar el texto del aval es fundamental para saber cómo proceder.

El Banco de España detalla aquí toda la información de la cancelación de un aval bancario.
Cancelación de avales ante la Caja General de Depósitos
En casos donde las garantías están depositadas en la Caja General de Depósitos del Tesoro, no es necesario devolver la copia física del aval para su cancelación. Lo único que se necesitará es el número de registro o resguardo de la garantía, y que el estado de la misma indique que está lista para su devolución.
Certificados de cancelación emitidos por la Caja General de Depósitos:
- No se requiere la copia física del aval.
- Solo se necesita el número de registro de la garantía.
- Es un proceso rápido si la garantía está lista para la devolución.

El Ayuntamiento de Madrid emite certificados de cancelación los cuales tienen pleno carácter liberatorio:

Otros organismos como La Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la caja de Depósitos del Gobierno de Canarias, también emiten sendos certificados que son válidos para la cancelación del aval sin necesidad de la copia física.
¿Qué hacer si el aval original se ha extraviado?
Si el aval bancario se ha extraviado, es posible solicitar al beneficiario una carta de cancelación o de extravío dirigida a la entidad financiera que emitió el aval. Esta carta debe incluir:
- Fecha del aval.
- Importe garantizado.
- Número del aval en el Registro Especial de Avales (REA).
- Número de expediente.
- Descripción del servicio o proyecto.
- Tipo de garantía (definitiva o provisional).
- Nombre de la entidad garante.
Es importante que la carta indique que el aval puede ser cancelado porque las obligaciones garantizadas han sido cumplidas y no existen impedimentos para su cancelación.
Además, algunas entidades financieras pueden requerir una carta de exoneración de responsabilidad por parte del cliente, liberando a la entidad de cualquier responsabilidad futura.
Diferencias en los procedimientos según la entidad financiera
No todas las entidades financieras tienen los mismos procedimientos para la cancelación de avales. Algunos bancos son más estrictos que otros, dependiendo también de la relación que el cliente mantenga con la entidad.
En SOTAM, con nuestra amplia experiencia, gestionamos la cancelación de avales y seguros de caución sin la necesidad de presentar el documento original, ofreciendo un servicio integral que facilita todo el proceso.



