La utilización del aval bancario o garantía bancaria es una práctica muy común. Los autónomos, pymes o grandes empresas que trabajan con la Administración Pública ya están habituados a su uso.
Sin embargo, en las operaciones entre empresas privadas cada vez es más frecuente utilizarlo. Por ejemplo, para contratos de mantenimiento, obras de ingeniería, alquiler, suministro de materiales, etc.
Por ello, es importante conocer qué es, los tipos que existen y cómo funciona un aval bancario o garantía bancaria.
¿Qué es un aval bancario?
Es un compromiso de pago en favor de un tercero, que asegura el cumplimiento de una determinada obligación en caso de no cumplir el cliente/prestatario.
La entidad bancaria o avalista, adquiere esta responsabilidad de pago ante un tercero o beneficiario, en el supuesto de que su cliente o deudor principal no cumpla con determinadas prerrogativas reflejadas en el aval.
Podríamos decir que el aval bancario funciona como un seguro, ya que es el documento por la que una entidad financiera garantiza el cumplimiento de las obligaciones contraídas ante un tercero.
Los avales se suelen documentar en lo que se denomina carta de aval, que es el documento físico que se debe entregar a quien nos lo haya solicitado (Beneficiario).
Si eres tú el beneficiario de un aval, (quien lo recibe) debes tener en cuenta que, al tratarse de un documento físico, es importante tenerlo controlado y que no se extravíe o destruya, ya que, si luego necesitas ejecutarlo, vas a tener muchos más problemas.
Partes que intervienen:
Cliente /Prestatario:
Es la persona física o jurídica que solicita el aval.
Banco / entidad avalista (garante):
Es la entidad (Bancaria, etc.) que emite el aval, siguiendo las instrucciones de un contrato suscrito entre el cliente y el beneficiario. Es el que se hace cargo de la obligación en caso de que el cliente/prestatario no cumpla lo que está estipulado.
Un aval puede ser emitido por varios tipos de entidades. Las más frecuentes son: Entidades bancarias, otras entidades financieras, Compañías aseguradoras, y sociedades de garantía reciprocas (SGR)
Banco local:
Entidad local que se encarga de emitir una contragarantía en el caso de que el aval sea para la exportación.
Suelen ser bancos extranjeros, del país en el que se encuentra el beneficiario del aval, que mantiene acuerdos con la entidad a la que le hemos solicitado el aval.
Beneficiario:
Persona física o jurídica a favor de la cual se emite el aval. Puede ser una administración pública, un proveedor que nos ha pedido que le garanticemos un pedido que le hemos realizado, etc.
Tipos de avales bancarios:
Existen diferentes criterios de clasificación de los avales: Pueden ser según el tipo de emisor, la finalidad del aval o el tipo de obligación que están garantizando, entre otras.
En función del emisor:
Tenemos lo que se denomina aval personal (es el que emite una persona física o jurídica), y aval bancario (es el que emite la entidad financiera).
Dependiendo de la finalidad del aval:
Por un lado, la de garantizar un préstamo, que de otra forma no podría ser otorgado por falta de bienes o dinero con el que responder por parte del avalado. También se usa para avalar a empresas frente a terceros. Además, como hemos indicado al principio, estos avales son cada vez son más frecuentes en los contratos
Crédito documentario:
Son los avales internacionales que se solicitan en operaciones de importaciones y exportaciones. La entidad financiera se hace cargo de un pago cuando se cumplen las condiciones exigidas por parte del exportador.
Avales técnicos:
Son los más habituales. El banco o la entidad avalista responde en caso de incumplimiento de los compromisos que tiene su cliente por su participación en concursos, subastas, licitaciones, ejecuciones de obras o contratos de suministro, por lo general ante un organismo público.
Avales económicos:
La entidad de crédito avala a su cliente en operaciones por las que está obligado a pagar una determinada cantidad en un plazo previamente fijado. Dentro de los avales económicos podemos encontrar:
Avales financieros:
Garantizan el pago de obligaciones financieras adquiridas.
Avales comerciales:
Garantizan el pago de obligaciones de naturaleza comercial.
Según el plazo de vencimiento:
Los avales pueden pactarse por un plazo determinado o indeterminado. Así, los hay sin vencimiento, con vencimiento y provisionales.
En caso de que no haya una fecha de terminación del aval, si el avalado quiere dar por cancelada la garantía, la entidad le exigirá que le devuelva el documento original o bien le pedirá la anulación del mismo de forma clara y expresa.
El aval a primer requerimiento
Un tipo de aval con el que debemos ser muy cuidadosos cuando nos lo solicitan, por la facilidad que tiene el beneficiario de ejecutarlo, es el aval bancario a primer requerimiento.
se trata de una garantía contractual mediante la cual el garante (entidad bancaria o avalista) se obliga ante el Beneficiario (acreedor) a pagar una suma de dinero desde el mismo momento en que éste le comunique el incumplimiento del deudor principal, y sin necesidad de acreditar dicho incumplimiento.
Los costes del aval a primer requerimiento suelen ser elevados, ya que las entidades bancarias suelen exigir al deudor principal condiciones bastante onerosas para prestar una garantía de este tipo. En este sentido, es habitual que al aval bancario se le apliquen varias comisiones (estudio, apertura, riesgo, etc.) que hacen aumentar el coste de su otorgamiento considerablemente.
Una vez formalizado, el efecto principal del aval bancario a primer requerimiento consiste en que, recibida la notificación del beneficiario solicitando el pago, la entidad bancaria está obligada a atenderlo de forma automática e inmediata, y sin posibilidad de exigir una prueba fehaciente del incumplimiento.
Los avales frente a otro tipo de garantías
Aunque el aval bancario es el tipo de garantía más utilizado, vemos como, en los últimos tiempos, las condiciones para obtener financiación se han endurecido.
Como consecuencia, el acceso a un aval bancario también se ha vuelto más complejo. Todo ello esta ocasionando condiciones nada favorables para las empresas a la hora de obtener un aval bancario.
Hoy en día si necesitas un aval técnico o garantías ante las administraciones publicas puedes buscar nuevas fórmulas a la hora de presentarlas.
Si tienes mucha liquidez y no te importa tener inmovilizado tu dinero, siempre las puedes aportar en metálico o en Cash, y si no puedes recurrir al seguro de caución, con unas condiciones generalmente más beneficiosas para las empresas.
Entre otras ventajas, los seguros de caución no computan para la CIRBE, no nos inmovilizan recursos y los costes suelen ser menores, al no existir comisiones de estudio, apertura o mantenimiento. Pero de los seguros de caución hablaremos en otro artículo.
Algunas de las ventajas de utilizar un aval frente a otras garantías son:
- El aval permite responder de obligaciones contraídas sin necesidad de comprometer o adelantar fondos.
- Se suelen formalizar líneas de avales, que permiten una gestión fluida y rápida cuando necesitas presentar varios avales.
- Da solvencia y credibilidad a su titular, ya que hay una entidad financiera detrás que “apoya” la gestión de la empresa.
En el caso de un aval bancario, el respaldo de la entidad financiera conlleva una mayor seguridad de la operación en la medida en que no sólo el beneficiario del aval podrá dirigirse contra la entidad financiera en caso de incumplimiento del deudor principal (avalado) sino que, “a priori”, proporciona al beneficiario una mayor garantía en la solvencia del avalado, ya que la entidad financiera, con carácter previo a otorgar el aval, habrá realizado su propio análisis de la capacidad de pago del deudor.

Autor
Eduardo Ochoa
Socio-director de SOTAM. Posee más de 16 años de experiencia en departamentos financieros. Experto en optimización de working capital y mejora de la Tesorería y liquidez de las empresas.
Licenciado en ADE, MBA en Dirección General y Master en Dirección y Gestión de Proyectos (PMP).
Puedes contactar con Eduardo en el 91 246 35 66 o por correo electrónico en info@sotam.es
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